El horario de trabajo
El empleador o empresario tiene la obligación de presentar un calendario laboral anual que determinará en cada centro de trabajo el rango horario en el que se trabajara cada uno de los días laborales que tenga el año. En ese calendario también tiene que venir agrupados los días de trabajo y horarios de las diversas secciones que integran la empresa.

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Por otro lado en el calendario también tienen que estar presentes los días inhábiles para el trabajo y los días que se han decretado como festivos. En todos los casos el calendario laboral también está determinando la estructura diaria de trabajo, estableciendo de que hora a que hora se trabaja y en que momento se producen los descansos.
Una de las cláusulas de cualquier relación laboral es el calendario de trabajo y el número de horas anuales de actividad laboral es pactado entre el empresario y los representantes de los trabajadores o entre el trabajador y el empresario. En caso de que se produzca una variación del horario pactado de trabajo y que estos cambios determinen cambios importantes en la naturaleza del trabajo determinan la existencia de u horario rígido y de un horario flexible.
Por horario rígido se entiende que el trabajador tiene que encontrarse en el centro de trabajo durante el horario laboral, ya sea este diario, semanal, mensual o anual. Cuando hablamos de horario flexible nos estamos refiriendo a la posibilidad que tiene el trabajador de poder determinar hasta cierto punto el inicio y el final del horario de trabajo.
Imagen: Wonderlane
Horas extraordinarias
Se denominan horas extraordinarias a aquellas horas que son de trabajo efectivo con cuyo cómputo se superan las horas que están establecidas, por convenio o por otro de acuerdo, de trabajo efectivo. El pago de las horas extraordinarias puede ser en efectivo o en especie. Cuando el pago de las horas extraordinarias sea en metálico la valoración económica de las mismas no puede ser inferior a lo que se cotiza una hora de trabajo en una jornada laboral estándar.

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En caso de la que el pago de las horas extraordinarias se realice en tiempo de descanso, ese tiempo de asueto tiene que ser por lo menos de igual duración que el número de horas extraordinarias efectivas. Como norma general la realización de horas extraordinarias es completamente voluntario, aunque existen dos situaciones en las cuales aunque no se puede decir que la realización de horas extraordinarias obligatorio, tampoco es voluntario.
Algunas veces las horas extraordinarias se realizarán cuando la ejecución de las mismas se haya pactado en cada contrato individual o cuando la realización de las mismas sea para evitar situaciones de catástrofe o la reparación de esos daños. El límite máximo de horas extraordinarias que puede realizar cada trabajador se encuentra limitado a 80 horas anuales.
La compensación de esas horas extraordinarias cuando el pago sea mediante tiempo de descanso empezará a computar a partir de los 4 meses siguientes a la realización de las horas extraordinarias. En el resto de las situaciones la compensación por las horas extraordinarias se realizará mediante un pago de emolumentos y la cotización de esas horas extraordinarias no podrá ser menor que la cotización de una hora estándar de trabajo.
Imagen: juvertson
Capgemini y Adecco se unen para dar una oportunidad a los discapacitados
Capgemini, empresa que presta sus servicios dentro del área de la consultoría, la tecnología y el Outsourcing se a ha unido a la Fundación Adecco para lograr que en las plantillas de las empresas se empiece a abrir paso la diversidad e integración de personas con discapacidad. El pasado 2011 Capgemini ya obtuvo un galardón con el Primer Premio de Telefónica Abilty Award por su política activa de contratación de discapacitados para que pasen a formar parte de su plantilla.

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Entre las acciones en pro de la integración de los capacitados que han llevado a cabo Capgemini en unión con Adecco se encuentran programas de sensibilización y normalización de la discapacidad para empleados y directivos, programas de voluntariado corporativo y formación tutelada para la formación de los discapacitados integrados en la plantilla de las dos empresas.
Por último ambas empresas tienen en marcha un plan de integración laboral para personas con discapacidad que permitirá competir en igualdad de condiciones en lo que se refiere a los procesos de selección para provisión de plazas en ambas empresas.
Desde la Dirección de Recursos Humanos de Capgemini, su Director, Fernando Relinque, se muestra de acuerdo que la integración de discapacitados en las empresas españolas tendría que ser lo normal pero la realidad es que casi ninguna empresa quiere integrar en sus plantillas a discapacitados. Para que esa integración fuera lo normal es necesario eliminar las barreras sociales, corporativas y personales.
Por otro lado la Fundación Adecco se siente muy satisfecha por los 4 años que lleva cooperando con Capgemini para la integración de discapacitados para lograr la diversidad y la integración. Tales son estas políticas que hay empresas españolas que están empezando a copiar las políticas para aplicarlas a sus propias plantillas.
Fuente: Compromiso RSE | Imagen: Gonmi
Cambios en la gestión de los recursos humanos en la Comunidad de Madrid para el 2012
La Comunidad de Madrid, amparándose en el artículo 20.5 de la Ley de Presupuestos Generales ha tomado la determinación de no contratar personal temporal durante este 2012. Asimismo tampoco creará puestos de funcionario interino si no es para cubrir plazas indispensables dentro del organigrama de las diferentes consejerías, sobre todo para aquellos servicios esenciales.

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Todo lo anteriormente mencionado ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid dentro de los apartados dedicados a la gestión de los gastos de personal de los funcionarios adscritos a esa comunidad autónoma. En BOCM también ese explica que todas las decisiones que se han tomado están autorizadas previamente por la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos.
En los casos de nombramientos de funcionarios interinos producto de la necesidad imperiosa de cubrir un determinado puesto de trabajo se tendrá que contar también con el beneplácito de Recursos Humanos de la Comunidad de Madrid. Para el personal laboral temporal también regirá la misma norma de indispensabilidad y visto bueno de Recursos Humanos.
Sin embargo también se informa que directamente por orden del Consejero de Economía y Hacienda, Percival Manglano, se podrá contratar excepcionalmente funcionarios interinos y personal laboral. De esta forma se abre una puerta trasera para la contratación de trabajadores sin pasar por la criba de la Dirección de Recursos Humanos de la Comunidad de Madrid.
Otro área afectada por la situación de falta de liquidez que tiene la Comunidad de Madrid es la no contratación ni sustitución de liberados sindicales en los comités de empresa ni en la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos.
Fuente: El Economista | Imagen: altemark
La Consultora de RR. HH. People Excelence abre sucursal en Colombia
People Excellence es una Consultora de Recursos Humanos española con vocación de transformación de organizaciones y de personas y que ha decidido salir al exterior y abrir una sucursal en Bogotá, la capital de Colombia. Rafael González, Director General para Latinoamérica de la consultora ha valorado la nueva apertura como un paso más en la estrategia de la consultora de expandirse en las economías emergentes para apoyar a sus clientes allí donde se encuentren.

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Hay que tener en cuenta que la mayoría de los países latinoamericanos están teniendo unos crecimientos anuales de sus economías mayores de los que se producen en Europa y América del Norte. Esto por otro lado abre un prometedor escenario para las empresas españolas por lo que People Excelence se ha dirigido al mercado colombiano para conocer las necesidades que dentro del campo de los recursos humanos pueden tener las empresas españolas.
La nueva filial se encuentra especializada en desarrollar proyectos tanto para empresas españolas radicadas en Colombia como para empresas de esa nacionalidad en su mercado local. Las áreas de la nueva consultora se encuentran dentro del Learning & Development orientada a la transformación de personas, desarrollo de directivos, mejora de la productividad o procesos que tienen que ver con los recursos humanos.
Fuente: Equipos & Talento | Imagen: SCA
Los autónomos españoles los más castigados con la subida del IRPF
Desde la Federación de Organizaciones Profesionales, Autónomos y Emprendedores (OPA) se acaba de lanzar la voz de alarma ya que se considera que la nueva subida del IRPF está provocando que el colectivo de autónomos en España se haya convertido en uno de los principales afectado por la crisis que afecta a las finanzas públicas en el país. Desde la OPA se considera que el autónomo español es el más castigado fiscalmente por la actual crisis.

Desde la OPA se considera que la subida del IRPF a los autónomos es injusta e innecesaria sobre todo en unos momentos en los cuales el propio Ministro de Hacienda y de Administraciones Públicas ha declarado públicamente que este colectivo es el más afectado con la nueva subida de impuestos.
Los autónomos españoles son, con cierta diferencia, los que más impuestos pagan de todos los países de la Unión Europea, incluidos Noruega y Alemania, países con una gran carga impositiva para con sus ciudadanos. Además el hecho es más preocupante en cuanto España no llega a tener el PIB de la mayor parte de los países de la zona euro.
Desde la Federación de Organizaciones Profesionales, Autónomos y Emprendedores (OPA) se ha instando al gobierno a que se plasmen las medidas económicas y fiscales que anunció en su debate de investidura el Presidente del Gobierno, Don Mariano Rajoy Brey. Entre esas medidas se encontraban la de compensar las deudas entre la administración central y los autónomos y la modificación del régimen del IVA para que el impuesto en las facturas no se pague hasta que el autónomo haya cobrado efectivamente la factura.
Fuente: RR HH Press | Imagen: Images_of_Money
Jornadas laborales especiales en obra pública y en trabajadores víctima de la violencia de género
Las jornadas especiales también afectan a los trabajadores de la construcción y de las obras públicas. Este tipo de trabajadores, y cuando su actividad laboral se desarrolle en trabajos subterráneos en situación similar a la actividad laboral en el interior de una mina se les aplicarán las mismas jornadas de trabajo máximas. Cuando el trabajo se desarrolle en los denominados cajones de aire comprimido la jornada laboral máxima también dependerá de su Reglamento de Higiene y Seguridad.

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También existen jornadas especiales para trabajadoras víctimas de la violencia de género. Si el trabajador se encuentra en dicha situación puede reducir su jornada laboral con una disminución proporcional a su salario. También tienen derecho al reordenamiento de la jornada laboral mediante o bien un horario adaptado o bien mediante la aplicación de un horario flexible.
Las condiciones laborales, tanto de salario como de jornada laboral para este tipo de trabajadoras puede estar regulados por convenio colectivos, acuerdos entre la empresa y los representantes de los trabajadores o acuerdos directos entre la trabajadora y el empresario mediante un acuerdo entre las dos partes.
Por otro lado la concreción de los derechos de las trabajadoras víctimas de violencia de género está en manos de la propia trabajadora la cual puede optar a una reducción de jornada por motivos de tipo familiar, llegando inclusive a al resolución de discrepancias cuando sea necesario.
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Jornadas especiales para personal que trabaje en minas
En aquellos casos en los cuales el o los mineros trabajen tanto en el interior como en el exterior de la mina la jornada de trabajo cuando se trabaje en el exterior de la mina estará en dependencia directa del trabajo que se está desarrollando en el interior de la misma. Si de manera circunstancial un minero que trabajo en el interior desempeña temporalmente labores en el exterior, se le respetarán tanto la jornada laboral como las percepciones económicas.

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En lo que tiene que ver con el descanso semanal aquellos trabajadores que desarrollen su actividad en un entorno subterráneo tendrán derecho a dos días de descanso y los mismos para aquellos trabajadores que trabajan en el exterior de la mina cuya actividad esté en relación directa con los primeros. En general las horas extraordinarias no se encuentran contempladas para los mineros.
Solo se podrá dar la figura de las horas extraordinarias en aquellos casos en los cuales sea necesaria la reparación o prevención de siniestros o daños extraordinarios de tipo urgente, para evitar la pérdida o degradación de siniestros o desperfectos extraordinarios que hay que reparar de una manera urgente. El último caso en el cual se podrán producir horas extraordinarias será por motivos de tipo estructural como producto de la actividad minera.
Imagen: jurvetson
Jornadas especiales: Cámaras frigoríficas y Minas
Los trabajadores que desempeñan su actividad laboral en cámaras frigoríficas y de congelación tienen derecho a tener jornadas especiales que aparezcan reflejadas en los convenios colectivos. Cuando las cámaras frigoríficas se encuentran entre – 5º y 0º los trabajadores tienen que hacer un descanso de recuperación de 10 minutos cada tres horas de trabajo.

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Si las cámaras frigoríficas se encuentran entre 5 y 18º, los trabajadores no podrán estar dentro de ellas más de 6 horas ininterrumpidas y tendrán derecho a un descanso de recuperación de 15 minutos cada hora. En el último caso explicado, como normalmente para completar dichas jornadas laborales suelen faltar dos horas para llegar a las ocho, esas dos horas se podrán invertir en otro tipo de trabajos que no impliquen estar en las cámaras frigoríficas.
Por otro lado aquellas personas que trabajan en el interior de las minas también tienen derecho a tener una jornada laboral especial. La jornada máxima de trabajo dentro de una mina es de 35 horas semanales de trabajo efectivo. La cuantificación de las horas de turno de trabajo se comienza ha realizar cuando los primeros trabajadores entran en la mina y concluye con la llegada a la bocamina de los primeros mineros que salgan.
Si el trabajo se está realizando en el interior de la mina, la jornada laboral no podrá ser de más de 6 horas en caso de que las labores que desarrolla el trabajador sean especialmente penosas, sujeto a condiciones anormales de temperatura o humedad. También se considera actividad laboral penosa aquella que proviene de una posición inhabitual del cuerpo a la hora de trabajar.
En caso de que durante la jornada laboral el cuerpo del trabajador tenga que estar mojado la jornada laboral no se desarrollará en más de 5 horas y en caso de que trabajador tenga que estar mojado a partir de la segunda hora de trabajo, la jornada laboral no podrá durar más de seis horas de trabajo.
imagen: lowjumpingfrog
Jornadas especiales en otros tipos de trabajos
En otro tipo de trabajos que no tienen prefijados condiciones específicas de jornadas especiales estas pueden adaptarse a las necesidades por medio de convenios colectivos o también por acuerdos específicos entre las empresa y los representantes de los trabajadores.

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Independientemente de lo pactado entre dos jornadas laborales debe de mediar al menos 10 horas a no ser que se produzcan situaciones de fuerza mayor como pueda ser la necesidad de mantenimiento del servicio o de la producción. En caso de que sumen los periodos de descanso la suma de ellos no podrá exceder las 8 semanas.
Otro tipo de trabajos que deben de ser regulados por jornadas especiales son aquellos en que los trabajadores tienen que exponer su persona a riesgos de tipo ambiental. En estos casos y si la salud del trabajador se puede ver comprometida se podrá reducir la jornada laboral todo lo necesario para que la salud del trabajador no se vea afectada. Entre los factores que se incluyen que puede producir daño a la salud del trabajador se encuentra los de penosidad, peligrosidad, insalubridad o toxicidad. La reducción de la jornada laboral se producirá sin menoscabo de los emolumentos del trabajador.
La reducción de la jornada laboral se producirá teniendo en cuenta las condiciones de cada trabajador o trabajadores puedan verse afectados por el menoscabo de su salud, lo cual no implica que a toda la plantilla de la empresa se les pueda aplicar esa reducción de jornada laboral.
Las medidas de reducción de la jornada laboral se pueden plasmar en el convenio colectivo y sino por un acuerdo entre empresario y trabajador o representantes siempre que el trabajo en cuestión pueda ser perjudicial para la salud. Además es posible que la Seguridad Social envíe a sus inspectores para que determinen que trabajos dentro de la empresa pueden ser proclives a jornadas especiales de trabajo.
Imagen: Official U.S. Navy