Las vacaciones y un acercamiento al salario

En lo que respecta a las vacaciones el empresario tiene la potestad de poder vetar que las vacaciones anuales del trabajador o los trabajadores coincidan con el periodo del año donde mayores son las necesidades productivas. A la hora de fijar las vacaciones anuales estas tienen que ser estructuradas al inicio del año laboral de forma que el trabajador tenga conocimiento de las mismas por lo menos con dos meses de antelación.

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Como ya hemos referido las vacaciones anuales se deben de ejercer en el año que corresponden no pudiendo ser acumuladas para periodos laborales posteriores. De este modo las vacaciones anuales o mejor dicho, el derecho a ejercerlas se extingue en día 31 de diciembre de cada año y no pueden ser acumuladas para años sucesivos.

El salario, y teniendo en cuenta que en post posteriores trataremos este concepto con la debida profundidad, es la compensación económica que el trabajador logra por su actividad laboral en la empresa u organismo público o privado donde trabaja. Además del dinero que recibe como sueldo la empresa u organismo está obligado a cotizar a la Seguridad Social por el trabajador. El salario se puede definir como la contraprestación de dinero o especie que el trabajador recibe por su trabajo.

Los salarios siempre son producto de la negociación o el pacto entre las partes del contrato, generalmente los trabajadores y el empleador. La fijación del sueldo suele venir determinada por los convenios colectivos que se fijan en cada sector productivo entre los representantes de los trabajadores y los representantes de los empresarios u organizaciones empresariales. En todo momento el salario tiene que ser igual para hombres que para mujeres.

Imagen: maveric2003

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