Jornadas especiales de los trabajadores del transporte aéreo
En lo que hace referencia al transporte aéreo las jornadas especiales del personal de vuelo de la aviación civil se distingue entre el tiempo de trabajo efectivo, el tiempo de presencia en el centro de trabajo y el tiempo semanal de trabajo. A la hora de determinar el trabajo del personal de navegación área civil también se tiene en cuenta lo dispuesto en la normativa que hace referencia a la seguridad aérea.

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El tiempo máximo anual de trabajo del personal de navegación aérea no puede superar las 2.000 horas y dentro de estas jornadas anuales, el tiempo efectivo de vuelo no puede superar las 900 horas. Además el tiempo de presencia efectivo en lo que respecta a tiempo de vuelo tiene que venir determinado por el convenio colectivo en cada línea aérea.
Por lo general en los convenios colectivos entre tripulaciones y pilotos y las líneas aéreas se determina que tipo de actividades llevará a cabo el personal aéreo en los momentos en los cuales está sin función asignada. En lo que respecta a descansos semanales y fiestas laborales el personal aéreo puede disfrutar de 96 días libres al año y además cada mes del año se tienen que disfrutar obligatoriamente 7 días.
Además en los días libres que tiene asignado cada trabajador no pueden estar en situación de disponibilidad para la compañía aérea y los días de libre disposición no pueden ser clasificados como vacaciones.
También se consideran trabajos en condiciones de aislamiento y lejanía aquellos en los uqe se desempeñan actividades que no están recogidas como actividad laboral en ningún convenio y que por condiciones de tiempo atmosférico y lugar donde se desarrolla el trabajo el centro de trabajo está lejano de la residencia habitual del trabajador o se trata de un centro de trabajo que está aislado.
Imagen: Taweed Manzoor

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