Excesos de jornada
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Valencia ha fallado a favor de una enfermera que pleiteaba contra la Agencia Valenciana de Salud. Esta enfermera, con la condición de personal estatutario, tendrá que ser resarcida con 4.000 € por la Agencia Valenciana de Salud. La indemnización es en concepto de excesos de jornada entre los años 2.003 y 2.006.

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Superar el horario laboral establecido es moneda común en la Sanidad Valenciana y no son reconocidos dinerariamente a no ser que el trabajador lo exija explícitamente. La enfermera que tendrá que ser indemnizada inició la reclamación de las cantidades adeudadas en el año 2.007.
En un primer momento la dirección del hospital donde trabaja la enfermera se negó a reconocerle ningún tipo de compensación. Ante esta actitud de la dirección de hospital la enfermera dirigió el trámite hacia la Dirección de Recursos Humanos de la Agencia Valenciana de Salud, que también se lo denegó.
Finalmente la enfermera decidió reclamar por la vía legal lo que la Agencia Valenciana de Salud le negaba por vías administrativas. La vista del juicio se llevó a cabo el 10 de septiembre del año 2.008. El fallo, que se acaba de conocer ahora, da la razón a la enfermera y señala que la normativa vigente en la Agencia Valenciana de Salud obliga a pagar los excesos de jornada. Hasta ahora la Agencia Valenciana de Salud no ha entregado ninguna cantidad por no estar de acuerdo con el número de horas que la enfermera reclama.
Fuente: Diario El País | Imagen: tahitianlime

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