Convenios y recomendaciones de la OIT
Una de las funciones de la Organización Internacional del Trabajo es la de elevar a los estados miembros normas internacionales bajo la fórmula de convenios y recomendaciones que fijan condiciones mínimas en lo que se refiere al derecho del trabajo. La mayor parte de los convenios y recomendaciones tienen que ver con la libertad sindical, el derecho de sindicación, el derecho de negociación colectiva, igualdad de oportunidades y de trato.

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Desde su nacimiento, la Organización Internacional del Trabajo ha emitido 180 convenios y 185 recomendaciones sobre aspectos laborales. De esos convenios, el Consejo de Administración de la OIT ha considerado 8 de ellos como fundamentales para la defensa de los derechos de los trabajadores y es obligado para todos los estados miembros su ratificación y su aplicación. El uso de esos convenios es independiente del grado de desarrollo que tenga los miembros de la organización.
Los 8 convenios se consideran de mayor jerarquía que los demás ya que con ellos es posible tener instrumentos para luchar libremente por la mejora de las condiciones de los trabajadores, ya sean éstas individuales o colectivas.
Entre sus funciones la OIT también se dedica a prestar asistencia técnica en campos que tienen que ver con el mundo del trabajo: formación y rehabilitación profesional, políticas de empleo, administración del trabajo, legislación laboral y relaciones laborales, condiciones de trabajo, seguridad social, estadísticas laborales y seguridad y salud en el trabajo. La Organización Internacional del Trabajo también fomenta el desarrollo de las organizaciones tanto de trabajadores como de empleadores, convirtiéndose en una fuente de formación y asesoramiento técnico.
Imagen: US Mission Geneva
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