Contrato para el fomento de la contratación indefinida

El Contrato para la el fomento de la contratación indefinida puede está únicamente indicado para determinado tipo de trabajadores. Entre estos se encuentran los trabajadores inscritos en el Servicio Público de Empleo con determinadas características y trabajadores que ya están en la plantilla de la empresa.

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De entre los trabajadores desempleados que se encuentran dados de alta en el Servicio Público de Empleo que tengan determinadas características. Uno de estos tipos de trabajadores son aquellos que se encuentran entre los 16 y los 30 años de edad. Otro grupo que tiene derecho a ese tipo de contratos son las mujeres en situación de desempleo cuando se encuentren en sectores en los cuales no hay una nutrida representación de su género.

Estos contratos de fomento del empleo indefinido también están indicados para desempleados de más de 45 años, ya que se encuentran en una situación, por su edad, que es un hándicap para poder encontrar empleo. También se puede celebrar de este tipo de contrato para desempleados que lleven más de 6 meses inscritos de forma ininterrumpida en el Servicio Público de Empleo.

Por último otro colectivo para el que está pensado este tipo de contratos para incentivar el empleo indefinido son los discapacitados, con independencia de otros tipos de características como puede ser la edad. Este colectivo también tiene muchas dificultades para integrarse en el mercado laboral.

También se pueden realizar este tipo de contratos aquellos trabajadores que cuando se vaya a realizar este tipo de contrato ya se encuentre formando parte de la plantilla de la empresa y que tiene un contrato de duración determinada o temporal. Los incentivos para este tipo de empleados implica una serie de beneficios, como una indemnización por despido de 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.

Imagen: Elin B.

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